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INFORMES PERIÓDICOS Y OCASIONALES DEL REVISOR FISCAL PARA ORGANISMOS DEL ESTADO

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Autor: C. P. Carlos Sastoque M. Las diversas superintendencias, desde hace más de 20 años, han venido produciendo resoluciones y circulares en las que pide a las empresas que están sometidas a su inspección, vigilancia y control, el suministro de numerosos informes y certificaciones, unas veces firmadas solamente por el revisor fiscal y otras por el representante legal y el revisor fiscal conjuntamente. Principalmente lo han venido haciendo las superintendencias de Sociedades, Financiera, de Economía Solidaria, de Salud, de Subsidio Familiar, del Transporte y de Servicios Públicos. Realmente son muchos los informes especiales de carácter periódico que solicitan estas superintendencias. El revisor fiscal se ve obligado a dedicar una buena parte de su tiempo a satisfacer este pedido de la superintendencia respectiva, basándose casi siempre en los libros y documentos contables. La obligación legal de cumplir con el envío de estos informes está contemplada en el numeral 3 del artícul